Anuncian intenso lobby para concretar penas más duras a conductores ebrios

El legislador Rodrigo Blanco expresó su satisfacción por la media sanción de la Cámara de Diputados al Proyecto de Ley “Que modifica el Art. 107 de la Ley Nº 1.160/1997, Código Penal”, que pretende elevar la pena, de cinco a ocho años de cárcel, para los que cometan homicidio culposo en accidentes de tránsito, siempre que la persona en cuestión se encuentre bajo los efectos de alcohol u otras sustancias prohibidas.
Afirmó estar muy contento por el apoyo de la Cámara Baja a la iniciativa de la cual es proyectista y adelantó que se realizará un intenso lobby en la Cámara de Senadores, a fin de lograr que dicha institución también respalde el documento y éste se convierta en Ley.

El diputado Blanco señaló que, penosamente, esta es una problemática social que ha dejado cientos de familias enlutadas, a lo largo de años, y que el Estado debería propiciar políticas que castiguen, efectivamente, la irresponsabilidad de manejar en estado de ebriedad.

“El Estado debe proteger a sus ciudadanos de la irresponsabilidad. Hemos visto numerosos casos de personas que salieron a trabajar y fueron víctimas de aquellos que, por la irresponsabilidad de conducir en ese estado, terminan enlutando a toda una familia”, aseveró.

Recordó que esta normativa (aprobada por el pleno de Diputados en la última sesión extraordinaria), fue ampliamente trabajada con varios sectores y que, inclusive, pareceres de instituciones estatales han indicado que en nuestro país no existen penas que sobrepasen los cinco años, por provocar un accidente fatal en estado de ebriedad.
Además de ello, mencionó que el Estado paraguayo destina recursos multimillonarios para la asistencia a las víctimas de accidentes generados por personas que conducen en ese estado.

El legislador indicó que esta iniciativa busca convertirse en un elemento de contención y concienciación para el ciudadano, acerca de las consecuencias que puede dejar una situación como ésta.

“Hasta la fecha, las instituciones no han sabido referenciar alguna condena que haya superado los cinco años. Finalmente, esto termina en sedes judiciales, sin las posibilidades de una reparación justa, y terminan negociando con el estómago de la gente. Muchas veces terminan aceptando reparaciones indignas ante semejantes irresponsabilidades”, afirmó.

El texto aprobado establece que en caso de una acción culposa que cause la muerte de otro, el acusado será castigado con pena privativa de libertad de tres a ocho años, y ya no con un máximo de cinco años o multa, como lo hace la normativa actual.

El proyecto fue remitido al Senado para su consideración.

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